Hoy se trata en el Senado el canon digital argentino

Según anuncia RogerBits, hoy Martes 28 de junio a las 16:30 Hs (Agenda de la reunión la comisión de legislación general del Senado Argentino va a tratar el proyecto expediente S3732/10 “Ley PIRATA argentina” Que no es mas que un impuesto que nos impone un cargo extra sobre la compra de cualquier producto electrónico o insumo, que pueda ser utilizado tangencialmente para copiar contenido protegido por leyes de propiedad intelectual. En resumidas cuentas, un nuevo impuestazo tecnológico, pero no solo eso.

Junto con Bea y Fundación Vía Libre, preparamos este folleto para repartir hoy en el Senado (hacer clic para obtener la versión en lata para imprimir en formato A4):

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Hoy a las 16 hs todos al senado!!!


No al canon digital en Argentina

Es indiscriminado

El canon digital es indiscriminado. Los dispositivos contemplados en el proyecto de ley tienen un sin fin de usos, la mayoría de ellos laborales, productivos y personales. Estos dispositivos no se utilizan sólo para hacer copias de obras monopolizadas bajo derecho de autor, sino que pueden utilizarse para guardar, por ejemplo, fotos familiares, trabajos propios, archivos de empresas, pymes y administraciones públicas que claramente son del usuario o la entidad que realizó esos trabajos y que no reproducen las obras administradas por las gestoras colectivas. Esta es la razón por la cual el Tribunal de Justicia Europeo, declaró el año pasado que el Canon digital aplicado de forma indiscriminada es un abuso y ordenó suspenderlo.

Perjudica a los artistas

El canon digital perjudica a la gran mayoría de los artistas. Contrastando las tarifas de lo que hay que pagar por el canon, según datos del Boletín Oficial Español, resulta que el 97% de los artistas que cobran derechos de autor gastan más en adquirir productos electrónicos con sobreprecio que lo que cobran del reparto del canon.

En algunos de los varios proyectos de ley presentandos, se menciona que “el canon digital se cobrará a los fabricantes”. Un impuesto del 75% sobre un CD, DVD o Blu-Ray, tal como propone el proyecto del Senador Pichetto, difícilmente sea trasladado exclusivamente a los fabricantes; finalmente será cobrado a los usuarios finales de dichos dispositivos. Sabemos que el costo será trasladado a los consumidores finales.

Viola derechos

La copia en la esfera privada está protegida por la garantía del art. 19 de la Constitución Argentina: Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Cobrar a las personas por las copias privadas que realizan de obras legítimamente adquiridas es un abuso sobre la esfera de las actividades privadas.

Daña la economía

No hay pruebas de que la copia privada dañe a los artistas; por el contrario, sí existen muchas pruebas de que el canon digital daña la economía en general (porque aumenta el costo de los insumos de tecnología esenciales para toda actividad productiva local), empobrece a los artistas y en su mayoría favorece sólo a las sociedades de gestión colectiva.

En Octubre de 2010, el Tribunal de Justicia Europeo hizo lugar a una demanda contra el canon y declaró que su aplicación en España era abusiva. En 2011, Holanda anuló por ley el Canon Digital para promover la innovación y la creatividad. Europa está discutiendo fuertemente las implicancias de este gravámen que perjudica a un alto porcentaje de la población, cuyos únicos beneficiarios son las gestoras colectivas de derecho de autor.


Más detalles sobre los proyectos tratados en el sitio de Vía Libre


En 2009, cuando el nombre del Canon era “Bortolozzi de Bogado”, en vez de “Pichetto”, ya habíamos armado unos volantes que parece, siguen manteniendo vigencia:

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