Se aprueba la Ley de la Música: socializar los costos, privatizar la música
Con fuerte consenso, avanza la Ley de la Música en el Senado
, informa el sitio Noticias Congreso Nacional. Es muy probable que el próximo 28 de septiembre el Senado sancione otra ley que reforzará el hostigamiento legal sobre los usuarios de internet.
No es lugar este de cuestionar los fundamentos jurídicos e incluso éticos que cargan de razón a quienes invocan los sacrosantos derechos de la propiedad intelectual. Baste, de momento, con subrayar un indeseable efecto estético: el que se desprende de ver a los más conspicuos representantes de aquella inconformidad, de aquella insolencia, de aquel espíritu aventurero tradicionalmente asociado a la más común idea del arte y de la vida artística, convertidos en agentes del orden, en furibundos instructores de legislaciones restrictivas y penalizadoras, en vigilantes celosos, en ávidos controladores, en perseguidores. Ignacio Echevarría, Los Perseguidores
Dinero público, beneficio privado.
Siete veces aparece la palabra “subsidio” en el texto del Proyecto de Ley del Instituto Nacional de la Música (INAMU), la palabra “contraprestación”, una sola. En efecto, mientras el proyecto reglamenta y prevé la forma en que se entregarán a los músicos vales, créditos y subsidios provenientes en gran medida de fondos estatales, nada contempla sobre mecanismos de contraprestación a los beneficios recibidos. Por el contrario, los recursos públicos muchas veces se transformarán en bienes privados (como en la producción de un fonograma), resguardados por el código penal, y por el propio instituto; si cabe alguna duda:
Serán funciones del INAMU: […] v) Elaborar políticas tendientes a erradicar las reproducciones ilícitas de fonogramas y/o videogramas y las comunicaciones digitales clandestinas o no autorizadas.
Es decir, Usted, yo, y en particular los músicos que son los consumidores de música más voraces, tendremos un nuevo actor, “el INAMU”, que se sumará a la constelación de organizaciones como CAPIF, SADAIC, Argentores o Software Legal, que dedican sus recursos al hostigamiento legal sobre prácticas sociales instaladas hace tiempo: compartir.
Y por si fuera poco, de compartir fonogramas y/o videogramas ¡producidos a partir de recursos públicos!. Se socializa el costo del financiamiento, mientras se privatiza el producto del mismo: los derechos sobre la música producida son exclusivos del productor, del interprete o del autor, sin ningún mínimo compromiso con lo público. ¿No deberían por el contrario exigirse mayores garantías de acceso a los bienes que lo público está contribuyendo a financiar? la misma ley es clara cuando se trata de difundir música en vivo y hacerla llegar a los sectores con menor posibilidad de acceso1:
El área de promoción cultural-social tendrá por objetivo acciones que tengan relación directa con la promoción de eventos culturales y sociales vinculados a un hecho musical, permitiendo el acceso a la música de sectores de escasos recursos y que no tienen posibilidades de participación.
¿Por qué el campo inmaterial es diferente? En ese ámbito, pareciera que la perspectiva social es subversiva, y como en los viejos noventa, la propiedad privada es sagrada. Los músicos deben ser bien adoctrinados, también dice el proyecto:
Propiciar entre los músicos el conocimiento de los alcances de la propiedad intelectual, de las instituciones de derechos de gestión colectiva, sus derechos como trabajadores, así como de aquellas instituciones que defienden sus intereses y derechos.
¿Y si el “área de promoción cultural-social” estableciera también alguna otra forma de licenciamiento alternativa, que ayudara tanto a la promoción de la música producida, como en el acceso público a esos recursos? ¿Se habrán enterado de lo que ha estado pasando en el remoto Brasil, se habrán enterado de Fora do Eixo?
Músicos criminalizados por los músicos
Lo paradójico es que son aquellos músicos marginados del circuito comercial, quienes más se benefician de las nuevas tecnologías, y quienes más expuestos quedan al hostigamiento legal: ya sea redes P2P, software para edición musical, o plataformas web para subir y descargar música y video… ¿Qué músicos no bajan abundante música de la red, o compran copias caseras de discos? ¿Cuántos estudios independientes de grabación tienen licencias en regla del software que utilizan? ¿Cuantos Pro-Tools “legales” alimentan la música under? ¿El INAMU se sumará a Software Legal en la represión del delito?
Hay una parte de mí que percibe que el intercambio ilegal de música por los P2P es sólo una versión más sofisticada de lo que nosotros hacíamos en los 80 con las cintas caseras decía Ed O’Brien de Radiohead. Sin dudas, desde que aparecieron las primeras tecnologías que facilitaron el acceso a la música a traves de las copias personales, como los casetes, los mismos músicos fueron los primeros en aprovecharlas, en especial en el comienzo de sus carreras.
Uno es músico y también, además de producir, copia música
declaraba hace poco en Página/12 Lolo Fuentes, guitarrista de Miranda!. De igual forma que los escritores son los visitantes más asiduos de las bibliotecas, donde los libros, por más copyright que tengan, pueden leerse sin pagar un peso, los músicos a los pretende beneficiar esta ley, son los primeros en aprovechar las reproducciones ilícitas de fonogramas y/o videogramas
, las comunicaciones digitales clandestinas o no autorizadas
—y sumemos, las copias ilegales de software— para acceder a la música que necesitan escuchar y a los instrumentos digitales que necesitan utilizar: esos recursos contituyen la materialización de las bibliotecas musicales a las que ellos acceden.
El canon con piel de cordero
Las sutiles divergencias entre los músicos independientes, y los oficiales, más que una cuestión de fondo, es un tenue matiz en el tono del discurso: si visitamos, por ejemplo, el sitio de la UMI no vamos a encontrar nada sobre formas alternativas de licenciamiento y distribución que se adecuen un poco más a la realidad que le toca vivir a un músico en el contexto actual. Por el contrario, la diferencia entre unos y otros, como quedó claro en esta conferencia, es que unos quieren imponer sus leyes a la fuerza, y otros acordando un poco más.
Un primer borrador de este mismo proyecto del Instituto de la Música, allá por 2007, fue el que generó el primer intento del canon digital, que puso a todos en alerta
Créase el Fondo de Fomento a la Cultura […] El mismo estará conformado por los importes que se recauden por la implementación de un cánon a todo objeto que permita el almacenaje, grabación y/o reproducción de música e imagen.
Ahora en 2011 la puerta no se ha cerrado completamente, entre los mecanismos de financiación del INAMU se prevé:
Créase el Fondo de Financiamiento el que será administrado por el INAMU y que estará constituido por ios siguientes recursos: […] l) Los gravámenes específicos que a los fines de esta Ley pudieran crearse en el futuro.
¿Adivinan por qué tipo de gravámen será el proximo lobby del INAMU para asegurar su financiamiento? *
Notas
(*) Dice la noticia: En la reunión de hoy Filmus manifestó que «habrá que analizar con detenimiento el financiamiento» que tendrá el Instituto de la Música y remarcó que «se deberán hacer mayores esfuerzos para buscar nuevas formas de financiamiento».
Fimus fue otro de los impulsores del canon digital en 2009, ¿en qué formas de financiamiento estará pensando?
[1] No hay que olvidar que muchas de las medidas que dan marco para la criminalización de usuarios, músicos, estudiantes o bibliotecarios, se cuelan subrepticiamente como letra chica en leyes que parecen apuntar en otra dirección: otro instituto, el del libro, es un claro ejemplo, junto con la rimbombante “Ley de fomento del libro y la lectura”, cuyo objetivo de fondo fue sumar a los editores como demandantes para iniciar causas judiciales… principalmente contra los lectores que fomentaban la lectura a traves de fotocopias o intercambio de libros en internet. También la “Ley de economia sustentable”, luego conocida como Ley Sinde fue un proyecto lleno de medidas progresistas, donde se colaba como algo accesorio, una apartado que establecia instancia administrativa para cerrar sitios web sin una clara supervision judicial. Como puede verse, hay que tener cuidado, se comienza hablando de fines nobles, y se termina procesando penalmente a un profesor universitario por crear bibliotecas digitales. Esperemos que este proyecto ley, consiga quitarse el lastre a tiempo.