Cristian Ferreyra nació y vivió sus 23 años en el mismo lugar: el paraje San Antonio, al norte de Santiago del Estero. Quería mantener una forma de vida que implica trabajar la tierra, criar animales, sembrar y cosechar su comida. Pero un disparo de escopeta lo hirió cuando se negó a dejar el territorio, pretendido por un empresario. «Esto es el Lejano Oeste, no se cumplen nuestros derechos, nos matan como animales», denunció Marilena Santillán, compañera de militancia de Ferreyra e integrante del Movimiento Campesino de Santiago del Estero (Mocase-Vía Campesina), con voz entrecortada, aún conmovida. También fue herido Darío Godoy, de 26 años. En los últimos dos años fueron asesinados en la Argentina cuatro campesinos e indígenas. La organización campesina denunció que la represión tiene directa relación con el avance del modelo de agronegocios, con la soja y la ganadería intensiva, sobre territorios comunitarios.
Territorios comunes habitados por generaciones de campesinos resistiendo las barreras del “progreso”: un eufermismo para denominar a un proceso de apropiación y concentración agroindustrial activo en varias regiones del país, que busca transformar el monte natural, en el desierto verde de la soja y los herbicidas, expulsando a las familias que los habitan, condenándolas a la vida marginal en las grandes urbes.
Nico César (Vía Libre), Lila Pagola (Proyecto Nomade), Enrique Chaparro (Vía Libre), Oscar Vallejos (UNL), Patricio Lorente (Wikimedia) y Evelin Heidel (Creative Commons), en la primer charla “Movimiento de Cultura Libre: Trayectorias, incidentes e inspiraciones” (Foto Marcos)
El viernes pasado bien temprano salimos para la ciudad de Santa Fé. Durante la tarde, junto con invitados llegados de Rosario, Córdoba y Buenos Aires, participamos de la “Jornada de Cultura Libre” organizada por Trama Tierra, Colectivo Libre, los Institutos de Profesorado 6 y 8, y la Escuela Normal 32 de Santa Fe. El evento se llevó a cabo en el histórico Instituto “Almirante Brown”. Como viajero adjunto nos acompañó el segundo prototipo del escáner P2P, que terminamos de armar, literalmente, en el hotel.
Difícil resumir lo acontecido en la jornada, que se propuso abordar desde varias perspectivas y subjetividades ese fenómeno tan esquivo a las definiciones taxativas, la “cultura libre”. A riesgo de intentar atrapar un inexistente gato negro, en una habitación a oscuras, mientras se repite cada tanto lo tengo! lo tengo!, como citaba el Chapa, nos parece que el evento puede adjudicarse varios méritos, entre ellos: haber logrado buenos momentos en las charlas, tratar los temas con rigor, difundir el discurso de la cultura libre a un público neófito, y establecer un nuevo nodo que ofrezca a la red activista otro lugar donde hacer pie, para generar nuevos enlaces y proyectos.
Nico César, disparando temas de debate a los panelistas durante la primer charla.”
Palabras de apertura, a cargo de Oscar Caamaño, director del Instituto “Almirante Brown” (Foto Marcos)
Martín Morales de Trama Tierra (Foto Marcos)
Instituto Superior de Profesorado Nº 8 “Almirante Guillermo Brown” donde se realizó la Jornada del viernes (fuente imagen)
En la charla inicial participaron Lila de Proyecto Nómade, Chapa de Via Libre, Oscar Vallejos de la UNL, Pato Lorente de Wikimedia Argentina, Scann de CC Argentina y moderó Nico César de Vía Libre. Se plantearon muchos de los debates que tensionan el campo culturalibrístico: la naturaleza heterogénea del fenómeno, su dimensión social, política, económica —y sus límites—, el frente legal e ilegal, la miopía de las instituciones, y los interrogantes sobre el rol del artista y el público —acaso convenciones que deben replantearse— en este nuevo contexto.
La segunda charla —moderada por Vallejos— hizo foco sobre situaciones y procesos más definidos, “la vía politica hacia una cultura libre”: Tamara Perelmuter (UBA - Conicet) habló sobre patentes y propiedad intelectual en semillas, Rafael Colombo se refirió a la Ley del Software Libre en la Provincia de Santa Fe y Leandro Monk de Gcoop dejó muy claros los vínculos y correspondencias entre cooperativismo y software libre.
Segunda charla: “Los contextos y las formas de la vía política hacia una Cultura Libre” (Foto Marcos)
Bienvenidos a la jungla, tenemos juegos y diversión
tenemos todo lo que quieres cariño, conocemos todos los nombres
somos la gente que puede encontrar todo lo que necesitas
si tu te derrites por el dinero nosotros tenemos tu enfermedad
En estos días es noticia el fallo de la Corte Suprema canadiense sobre el caso Crookes v. Newton, donde se excluyó de responsabilidad por el delito de difamación, a quien publicó un enlace a un contenido difamatorio, y no el contenido difamatorio en sí. Según la corte, enlazar una obra no es lo mismo que publicar una obra. Aleluya! Parece una obviedad para cualquier humano no-abogado, pero sin dudas, la justicia se toma sus tiempos…
Jon Newton, el periodista canadiense, editor de p2pnet.net, que fue demandado por difamación a raíz de un link a un material difamatorio.
Volviendo a las ironías del destino, no debería sorprendernos entonces, hasta qué punto Crookes v. Newton, pudiese estar ligado con las épicas legales de la red, donde la responsabilidad sobre las faltas cometidas por terceros, son el botín de guerra en la disputa. El fallo resuelve el caso de un empresario canadiense, Wayne Crookes, que demandó a un periodista y activista de las redes peer-to-peer, Jon Newton, a raíz de un enlace publicado en un post de su sitio p2pnet.net, donde paradójicamente Newton reseñaba un evento sobre libertad de expresión; allí mencionaba el caso de Crookes —con el dichoso link—, pero también uno suyo: una causa donde estaba involucrada nada menos que la empresa dueña del sistema P2P que más litigó con la industria discográfica —y perdió—, no por sus propias faltas, sino por infracciones a la leyes de copyright por parte de terceros, los usuarios de su red de pares. Para cerrar el círculo, la empresa P2P demandaba a Newton y p2pnet.net no por sus propios dichos, sino por los comentarios publicados en su sitio.
¿Embrollado? Responsabilidad por usos de terceros, por comentarios de terceros o por enlaces a sitios de terceros, de eso se trata la historia que vamos a contar ahora.
Redes descentralizadas, Estonia, Holanda y Vanuatu
Nuestra historia comienza en Estonia, donde Jaan Tallinn y un grupo de programadores desarrollaron un sistema para compartir archivos, que no utilizaba un servidor central para coordinar la red (el talón de aquiles de Napster). No se trataba de un desarrollo demasiado innovador. Para ese entonces Justin Frankel ya había publicado Gnutella en San Francisco, pero los estonios escribían código por encargo para dos entrepeneurs nórdicos que iban a lanzar la próxima start-up que haría millones con las redes P2P de segunda generación. Los entrepeneurs eran Niklas Zennström y Janus Friis —que luego sí consiguieron fama y dinero cuando vendieron Skype a eBay por una cifra cercana a los 3000 millones de dólares.
[…] tratar de frenar la circulación de obras digitalizadas es como tratar de hacer agua que no moje, como tratar de frenar la humedad, es algo imposible, porque la lógica de lo digital es la copia.
Hay dos cosas que yo quisiera puntualizar:
En primer lugar, si se llega a encontrar culpable a Taringa del delito de linkear, lo que vamos a estar haciendo es atacar el corazón mismo de lo que es internet hoy. En el momento que Tim Berners-Lee desarrolla la web como la conocemos hoy, lo que desarrolla es el sistema de hiperlinks. Es esto, la posibilidad de interlinkear cosas. Si decimos que eso es delito, las empresas de tecnología de Argentina mejor que vayan a otro lado porque van a quedar en un nivel de inseguridad jurídica tremendo.
Y la otra cuestión —y esto no lo decimos nosotros acá en Argentina, ya han dado alerta los Relatores de Libertad de Expresion de Naciones Unidas, de OEA y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos— ¿queremos que una empresa privada esté controlando todo lo que los usuarios publican “por las dudas” que se vaya a cometer un delito? […]
Así opinaba Bea (que por aquí no necesita presentación), consultada por el periodista Federico Wiemeyer en el piso de TN, junto a Nicolás Tato (abogado especialista en Derecho Informático de la Universidad del Salvador), que reflexionaron sobre Taringa, los nuevos y viejos modelos de negocios y el delito que cometemos todos:
El Consejo Directivo de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires, acaba de aprobar hoy, y por unanimidad, el expediente 873723/2011 de repudio al procesamiento de Alberto Nakayama, y los hermanos Matías y Hernán Botbol.
VISTO:
Las recientes noticias respecto de la confirmación del procesamiento Alberto Nakayama, y los hermanos Matías y Hernán Botbol, confirmado por la Cámara del Crimen con las firmas de Marcelo Lucini y Mario Filozof, donde se los acusa de haber subido libros a Internet en 12 oportunidades al sitio web Taringa!
La resolución 855.653/09 en rechazo al procesamiento del Profesor Horacio Potel, aprobado por este Consejo Directivo, y acusado por las mismas causas que a Taringa!;
CONSIDERANDO:
Que Taringa! no se encarga de subir ningún tipo de contenido a la página y que sólo provee la plataforma para que los usuarios intercambien contenidos, noticias e informaciones de cualquier tipo;
Que el material, tal como explica la defensa de Taringa!, no está alojado en los servidores de Taringa! y/o en servidores argentinos;
Que el procesamiento criminaliza prácticas socialmente aceptadas como el intercambio de contenidos a través de Internet;
Que la mayoría de los libros por los cuales se inició el juicio fueron retiradas en el momento en que se hizo la denuncia a través de la sección de denuncias del sitio;
Que entre los demandantes, se encuentra Daniel Divinsky, de Ediciones La Flor, tenedora actual de los derechos de autor de Rodolfo Walsh y la tira cómica “Mafalda”, que deberían ser consideradas de dominio público por su importancia social y cultural y no ser utilizadas para entablar juicios contra aquellos que proveen de plataformas de intercambio;
Que la ley de propiedad intelectual 11723 es de 1933 y no contempla la realidad actual en lo que hace a las nuevas tecnologías y es necesario su modificación y la despenalización de la copia a través de Internet;
ELCONSEJODIRECTIVODELAFACULTADDEFILOSOFÍA Y LETRASDECLARA:
ARTÍCULO 1: Repudiar enérgicamente el procesamiento a Alberto Nakayama, Hernán Botbol y Matías Botbol y exigir su inmediato desprocesamiento por la causa Taringa!
Artículo 2: Expresar su solidaridad con Taringa!
Artículo 3: Rechazar toda forma de persecución y criminalización de la difusión desinteresada y sin fines de lucro de material bibliográfico.
Artículo 4: Regístrese, comuníquese a los interesados, al Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires, a la Cámara del Crimen, a la Cámara de Diputados y a la Cámara de Senadores y cumplido, archívese.
Actualización (25/10): Hoy, en la reunión del Consejo Directivo de Filosofía y Letras, que es el máximo órgano de decisión la facultad (conformado por los claustros de graduados, docentes y estudiantes), resolvió por unanimidad: repudiar enérgicamente el procesamiento de Taringa!.
Internet a la Argentina: enlaces desprotegidos
Tal como lo dice un nuevo fallo de la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional (a cargo de los jueces Julio Marcelo Lucini y Mario Filozof) que confirma el procesamiento sobre los hermanos Matías y Hernán Botbol y Alberto Nakayama de Taringa, pareciera que se acercan días oscuros para los administradores o responsables de sitios web que alojen sus sitios en Argentina:
[…] más allá de que los links desde los cuales se habrían descargado las obras reproducidas ilegalmente (rapidshare.com, 4shared.com y mediafire.com) están ubicados fuera del país, los servidores del dominio taringa.net -desde donde se ofrecía su descarga (kui.wiroos.com.ar y lanark.wiroos.com)- registran domicilio en la República Argentina
Enlazar sitios de internet, no es otra cosa que ofrecer el mero dato fáctico de un contenido que se halla en otro lugar de Internet, y queda muy lejos del núcleo de lo que supone distribuir, reproducir o comunicar públicamente, que es lo que realmente menciona la ley de propiedad intelectual argentina. Cuesta entender qué parte de la ley 11.723 interpretan los jueces, ha sido vulnerada, y cómo es que un hiperenlace (una referencia, una dirección a otro sitio), puede entenderse como una forma de reproducción, copia o comunicación pública de una obra.
Este antecedente —de transformarse en sentencia condenatoria luego del juicio— implicaría que la sola existencia de un enlace (como los miles que publica Google en cada búsqueda) referenciando sitios de terceros donde haya publicada alguna obra sin autorización (como los miles que publica Google en cada búsqueda, sería lo mismo, desde el punto de vista de este fallo, que haber alojado el archivo en nuestro propio servidor. Es decir, como responsables del servidor donde sólo hay un enlace, se puede terminar implicado penalmente por una falta que de hecho, se comete en otro lado, y la comenten otros (agreguemos a esto, que la culpa se está adjudicando por omisión, o sea, no por haber publicado los enlaces, sino por no haber evitado que un usuario de Taringa los publicara).
Implicaría además, que no se podría confiar demasiado en lo que expresamente dice el texto de las leyes argentinas, en particular de la 11.723, los jueces podrían interpretarlo a su gusto de la manera más conveniente según el caso, con tal de obtener una sentencia condenatoria.
Finalmente implicaría un avance sobre la libertad de expresión: para minimizar riesgos legales, los administradores de foros, blogs, o buscadores, quedarían forzados a filtrar en forma previa los contenidos publicados por sus usuarios —o aquellos recogidos en forma automática— para descartar enlaces a otros sitios donde exista algún indicio sospechoso que pudiera exponerlos. Serviría como antecedente, por ejemplo, para demandar a Google de Argentina, o cualquier otro buscador que entre en la jurisdicción nacional, por facilitar enlaces para la descarga en sus búsquedas.
Un enlace, hipervínculo o hiperenlace, es uno de los pilares sobre los cuales descansa la dinámica por la cual internet es un medio tan valioso, en especial para la libertad de expresión y el acceso al conocimiento: la posibilidad de enlazar a toda la información que se encuentre disponible en la web. En los 90’s Tim Berners Lee transformó esa idea en un protocolo concreto, de tal forma que sólo escribiendo un código sencillo en un documento html (una página web) puede indicarse donde esta alojada alguna información en otro lugar de la red.
Entonces mucho cuidado, antes de escribir un hiperenlace, revise detenidamente el sitio a enlazar, si hubiera algún reclamo contra el sitio enlazado, aunque no tenga nada que ver con Usted, pordría terminar procesado de todas formas, nada más por enlazarlo.
En Derecho Penal, las leyes son concretas y definen explícitamente lo que es delito. Parece una obviedad pero hay que decirlo: lo que la ley no tipifica —describe— como delito, no lo es. La ley de propiedad intelectual argentina, la 11.723, prohíbe la reproducción (copia), comunicación o interpretación pública de una obra sin permiso de los autores. A primera vista, pareciera que en muchos sitios de internet, se hace una comunicación pública de música o cine. Pero no hay que dejarse llevar por las apariencias, una página web es algo muy distinto a un televisor o una radio: es una colección de textos y referencias, que se despliegan recién cuando se descargan en el navegador del usuario y no todo lo que aparece en la pantalla proviene del sitio al que estamos accediendo. En el caso de Cuevana, ninguna copia de las películas se aloja en sus servidores (no hay reproducción), ni se origina ninguna emisión (no hay comunicación pública). El servicio sólo provee un catálogo ordenado de referencias, y facilita un enlace a películas que están alojadas en otro sitio, por lo general “Megaupload” —un servicio de alojamiento de archivos, con dirección, teléfono y responsables localizado en Hong Kong, y desde sus servidores sí se realiza una comunicación pública, y se alojan las copias de las películas —compartidas por usuarios de todo el mundo— allí deberían dirigirse las quejas de los afectados, si las hubiere.
12 hombres en pugna(“12 Angry Men”, Sidney Lumet, Estados Unidos, 1957.): Un jurado está por condenar a un hombre por un asesinato. Para que haya veredicto, según la ley, los doce jurados deben votar por unanimidad. Aparentemente se trata de un caso sencillo sin complicaciones, pero a último momento el jurado número ocho (interpretado por Henry Fonda) decide votar en disidencia, no porque crea rotundamente en la inocencia del acusado, sino porque su culpabilidad no estaba debidamente probada más allá de toda duda razonable. Después de horas de debate, en la medida que los jurados analizan los hechos por encima de sus prejuicios (el acusado era latino y pobre), va quedando claro que no hay elementos suficientes para declararlo culpable, sin embargo, para saber el desenlace, ¡vean la película!.
Civilizar internet
Son las prácticas sociales las que definen las leyes, y no a la inversa. En mayo pasado, Nicolás Sarkozy, en el “e-G8”, la cumbre de “la industria de internet”, pronunció la desafortunada frase del título, donde “civilizar” no es más que un eufemismo de disciplinar: reprimir la práctica extendida del file-sharing. La cultura, desde siempre, ha constituido un bien común, socializado. De la misma forma que en el siglo XIX se fundaron bibliotecas públicas como consecuencia lógica de la abundancia de libros, en el XXI, de la abundancia de medios de copia y distribución, emergió el file-sharing: para el sentido común compartir está bien, no mal. Cambiar esta tendencia es un proceso que necesita ejercer una violencia material y simbólica sobre las costumbres arraigadas: prestar un libro, compartir una canción o una película, de acciones edificantes a delitos y prácticas condenables. La utilización insistente de la palabra “piratería” para describir la copia casera, se enmarca en esa violencia. La estigmatización de emprendimientos innovadores que faciliten el acceso a las obras, desafiando al monopolio, no escapa a esa estrategia.
La Naranja Mecánica(“Clockwork Orange”, Stanley Kubrick, Reino Unido, 1971. Basada en la novela de Anthony Burgess): Alex es un joven violento y antisocial que vive en un futuro distópico indefinido. Junto con sus amigos comete toda clase de crímenes y abusos, sin embargo cuando queda en manos del sistema judicial, el método utilizado por el estado para modificar sus conductas antisociales —el “tratamiento Ludovico”—, termina siendo mucho peor que las acciones que desea corregir. A pesar de que los políticos de esta historia tratan de mostrar el método como una solución superadora al sistema carcelario, la película muestra cómo la violencia planificada y aplicada desde el estado, siempre es mas peligrosa y horrorosa, que los abusos que pueden cometer los individuos. Cada vez que el estado decide desplegar mecanismos coercitivos sobre la población —y en particular sobre los jóvenes y con la excusa de “civilizar”—, nunca esta de más volver a ver The Clockwork Orange…
[…] Se trataba de conquistar un área de 15,000 leguas cuadradas, ocupadas cuando menos por unas 15,000 almas, pues pasa de 14,000 el número de muertos y prisioneros que ha reportado la campaña. Se trataba de conquistarlas en el sentido mas lato de la expresión. No era cuestión de recorrerlas y de dominar con gran aparato, pero transitoriamente […] Era necesario conquistar real y eficazmente esas 15,000 leguas, limpiarlas de indios de un modo tan absoluto, tan incuestionable, que la más asustadiza de las asustadizas cosas del mundo, el capital destinado a vivificar las empresas de ganadería y agricultura, tuviera él mismo que tributar homenaje a la evidencia, que no experimentase recelo en lanzarse sobre las huellas del ejército expedicionario y sellar la toma de posesión por el hombre civilizado de tan dilatadas comarcas.
[…] Es evidente que en una gran parte de las llanuras recién abiertas al trabajo humano, la naturaleza no lo ha hecho todo, y que el arte y la ciencia deben intervenir en su cultivo, como han tenido parte en su conquista. Pero se debe considerar, por una parte, que los esfuerzos que habría que hacer para transformar estos campos en valiosos elementos de riqueza y de progreso, no están fuera de proporción con las aspiraciones de una raza joven y emprendedora; por otra parte, que la superioridad intelectual, la actividad y la ilustración, que ensanchan los horizontes del porvenir y hacen brotar nuevas fuentes de producción para la humanidad, son los mejores títulos para el dominio de las tierras nuevas. Precisamente al amparo de estos principios, se han quitado éstas a la raza estéril que las ocupaba.
“A confesión de partes, relevo de pruebas” dice el historiador Osvaldo Bayer, en los primeros minutos del documental Awka Liwen (“Rebelde Amanecer”, en mapuche), luego de leer un fragmento del ignominioso prólogo del Tomo I del “Informe Oficial de la Comisión Científica agregada al Estado Mayor General de la Expedición al Río Negro (Patagonia)”, escrito por D. A. Ebelot.
Luego de la campaña que masacró miles de indios, otros tantos —hombres, mujeres y niños— fueron convertidos de hecho en esclavos —más de medio siglo después de que la Asamblea del Año XIII hubiese declarado la libertad de vientres en el país. Según cuenta Felipe Pigna en el documental: No hay cifras precisas sobre lo que fue la matanza […] se puede hablar de 10.000 a 14.000 la cifra de muertos en el total de la campaña del desierto, más unos 14.000 prisioneros que fueron llevados caminando hasta los puertos atlánticos, y de ahí a la isla Martín García, y luego al Hotel de Inmigrantes donde fueron repartidos los indios y las chinas —como decían los avisos— las «crías», entre las familias pudientes, como criados, mucamas o cocineras, como si se tratara de animales domésticos. Esto llevado adelante por las damas de beneficencia, que eran las mujeres de la alta sociedad. Un anuncio en un diario de la época (El Nacional de 1878) titulaba “Entrega de indios” seguido del texto: Los miércoles y los viernes se efectuará la entrega de indios y chinas a las familias de esta ciudad, por medio de la Sociedad de Beneficencia.
Causa judicial
Los hechos parecen distantes, y hasta podría pensarse que transcurridos más de 130 años, el tema sólo podría despertar alguna fervorosa polémica en ciertos ámbitos especializados de historiadores. Que el debate haya recalado en los estrados judiciales, es indicativo de la influencia que aquellos hechos mantienen en el presente: todo proceso de acumulación, se basa en una expropiación originaria, y las fortunas de hoy son herederas y tributarias de aquel latrocinio. Como escribió otro contemporáneo de Roca, pero en Alemania, si no hay una expropiación inicial de los medios autónomos de subsistencia, no hay posibilidad de explotación. No es casual la obstinación con la cual las clases dominantes en la Argentina, han destinado recursos económicos y simbólicos a través de décadas para la legitimación del despojo y la negación del genocidio.
Al igual que muchos miembros de familias patricias, el Presidente de la Sociedad Rural de entonces recibió 2.500.000 hectáreas del territorio conquistado en la llamada “Campaña del Desierto”, su nombre era: José Toribio Martínez de Hoz.
En estos últimos dos días, circulóla noticia del “paro” de la Wikipedia italiana en protesta por una ley mordaza impulsada por Berlusconi. Se lograron cambiar los puntos más conflictivos de la ley para sitios como Wikipedia, blogs o foros de internet, sin embargo el proyecto sigue en pie para los medios “profesionales”. En Nieman Journalism Lab, Megan Garber escribió esta reseña:
Wiki-huelga en Italia “La primera vez en el mundo que Wikipedia ha hecho algo como esto”
Durante los últimos dos días, la Wikipedia italiana reemplazó el contenido estándar de su sitio con un mensaje:
Estimada lectora, estimado lector, En este momento, la Wikipedia en italiano está en riesgo de no poder seguir proporcionando el servicio que a lo largo de estos años te fue tan útil y que ahora, como antes, estabas buscando. La página que querías leer sigue existiendo pero ocultada y queda el riesgo de que tengamos que borrarla en serio.
Tal como sigue el mensaje, se convirte en un manifiesto: El sitio de la Wikipedia italiana se cerró (voluntariamente) como forma de protesta contra la “DDL intercettazioni”, un proyecto de ley contra las escuchas telefónicas que ha sido propuesto en el Parlamento de Italia. La ley (conocida como es aparentemente una reacción a las recientes filtraciones que le han causado problemas, entre otros funcionarios italianos, al primer ministro Silvio Berlusconi — que fue expuesto en conversaciones telefónicas desestimando a Italia como “un país mierda”, o haciendo algunos comentarios bastante burdos acerca de Angela Merkel.
La sección más polémica del proyecto de ley es el párrafo 29, que estipula que en caso de que cualquier bloguero publique información considerada como difamatoria —valorada como difamatoria no tanto por un proceso de comprobación judicial, sino más bien por la opinión de la propia víctima de la supuesta difamación— queda el bloguero forzado a publicar una corrección dentro de las 48 horas del momento de la publicación del mensaje ofensivo. O en caso contrario, pagar una multa de 12.000 euros.
Arbitraria / imprudente / peligrosa / ridícula / un nuevo golpe a la libertad de prensa en Italia — insertar su objeción preferida aquí.